domingo, 27 de diciembre de 2009

CUBA SE SUMERGE EN UNA ATMÓSFERA SOCIAL CADA VEZ MÁS VIOLENTA

CUBA SE SUMERGE EN UNA ATMÓSFERA SOCIAL CADA VEZ MÁS VIOLENTA

Este reciente reporte de la prensa cubana bajo absoluto control del
régimen, refiere uno de los muchos incidentes que son sintomáticos de la
violencia social ya endémica y que es parte de la vida cotiadiana de los
cubanos

Maquinaria mediática
de la dictadura
Infosearch:
José F. Sánchez
Analista
Director
Dept. de Investigaciones
La Nueva Cuba
Diciembre 26, 2009

Por ser de interés La Nueva Cuba
reproduce a continuación este reportaje de la prensa oficilialista:

DELITOS E INDISCIPLINAS EN EL TRANSPORTE PÚBLICO
Por Lourdes Pérez Navarro

¿Quién no opina del transporte público? Que si los ómnibus no paran en
las paradas, que si pasan dos —y hasta tres— juntos, que la música a tan
alto volumen en su interior molesta, o que deberían implementar un
sistema de cobro del pasaje diferente al de la alcancía... Pero poco
hablamos de su necesario cuidado, y mucho menos de cómo comportarnos
como usuarios de ellos.

Estas son dos de las acepciones dadas por los diccionarios al vocablo
público: perteneciente o relativo a todo el pueblo // Común del pueblo o
ciudad. Si este tipo de transporte lo es, ¿por qué maltratar lo que es
nuestro?

Dañamos los ómnibus cuando nos sentamos en un mismo asiento más de una
persona, al recostarnos al "acordeón" (pieza ubicada en el centro de los
articulados); si dejamos caer restos de alimentos, papeles o envases de
cualquier tipo en el interior de la guagua; al subirnos llenos de arena,
con paquetes voluminosos o sucios...

También maltratamos a otros pasajeros. ¿Acaso no ha hecho o escuchado
comentarios en alta voz, a veces de una punta a la otra de la guagua?
¿No ha visto fumar en el interior del vehículo o a jóvenes —y a menos
jóvenes— subirse con el torso descubierto?

Otras indisciplinas constituyen contravenciones personales de las
regulaciones de las ramas del transporte terrestre, así estipuladas en
el Decreto 261 del año 1999, por las cuales los miembros de la Policía
Nacional Revolucionaria (PNR) y los inspectores del Transporte y del
Poder Popular, están facultados a imponer multas.

Por ejemplo: viajar sin abonar el pasaje establecido en un medio de
transporte del servicio público (20 pesos de multa y pagar el pasaje);
hacerlo portando sustancias peligrosas (50 pesos y la obligación de
bajarse); y penetrar o salir por la ventanilla del ómnibus, colgarse de
ellas, de las puertas o de cualquier lugar externo del mismo, 20 pesos
y, además, deberá apearse.

Respeto a la autoridad

Dos hechos ocurridos recientemente a bordo de ómnibus de transporte
público, traspasaron las barreras de la indisciplina y constituyeron
delitos.

En la noche del 5 de julio del 2009, un joven transitaba acompañado de
su esposa e hijo por el municipio San Miguel del Padrón en un P-7. Al
observar que no le cedían el asiento señalado para los menores, comenzó
a emitir palabras groseras. Una agente del orden público que se
encontraba en el interior del ómnibus le llama la atención. La respuesta
no se hizo esperar: más insultos, que luego se tornaron en agresión
física contra la miembro de la PNR.

Días después, en la tarde del 2 de agosto, dos ciudadanos adultos que
viajaban en un P-10, fueron requeridos por dos policías —ante la
solicitud de ayuda del chofer—, para que se apearan del ómnibus, pues
habían llegado a la última parada en el municipio de Playa, además de
pedirles sus documentos de identificación. La negativa vino acompañada
de insultos y agresión física contra los agentes de la PNR.

En ambos casos tales actuaciones constituyen delitos para los que el
vigente Código Penal dispone sanciones de privación de libertad, y por
los cuales esos ciudadanos están siendo procesados.

Por un lado, por un delito de Atentado, al emplear violencia o
intimidación contra una autoridad, un funcionario público, o sus agentes
o auxiliares, para impedirles realizar un acto propio de sus funciones,
o para exigirles que lo ejecuten, o por venganza o represalia por el
ejercicio de estas.

Por otro, por el de Desacato: "el que amenace, calumnie, difame,
insulte, injurie o de cualquier modo ultraje u ofenda, de palabra o por
escrito, en su dignidad o decoro a una autoridad, funcionario público, o
a sus agentes o auxiliares, en ejercicio de sus funciones o en ocasión o
con motivo de ellas".

Las medidas coercitivas para contrarrestar indisciplinas y delitos
—cotidianamente ejecutados en el ámbito del transporte público— existen;
aunque, en ocasiones, su aplicación es poco palpable.

Ni unas ni otros han de quedar impunes, en aras de cuidar los ómnibus y
garantizar un viaje seguro y placentero a pasajeros y conductores.

LA NUEVA CUBA (26 December 2009)
http://www.lanuevacuba.com/2009/Dec/notic-09-12-2601.htm

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