viernes, 12 de marzo de 2010

La doctrina de la impunidad

La doctrina de la impunidad
Viernes 12 de Marzo de 2010 16:37 Rafael Rojas, México DF

Si admitimos que no es ético alentar a alguien a realizar una huelga de
hambre, porque implica la inducción a una muerte, deberíamos admitir
también que quien arriesga pacíficamente su vida por una demanda
concreta está utilizando un recurso persuasivo, no punitivo. La
interpretación del ayuno como "chantaje" o "imposición" sólo es
concebible en regímenes no democráticos, que desconocen el protocolo de
la negociación con opositores.

Es el caso del gobierno cubano. El 23 de febrero Orlando Zapata Tamayo
murió tras una huelga de hambre de 86 días en la cárcel. A la mañana
siguiente, otro opositor cubano, Guillermo Fariñas, inició un nuevo
ayuno que, en dieciséis días, le provocó dos colapsos y dos
hospitalizaciones en la clínica provincial de Santa Clara. Al momento de
escribir este artículo, es imposible predecir el desenlace de la huelga
de Fariñas, pero sí podemos evaluar el comportamiento del gobierno
cubano ante ambas acciones políticas.

Dos artículos aparecidos en Granma, Para quién la muerte es útil, de
Enrique Ubieta, y Cuba no acepta presiones ni chantajes, de Alberto
Núñez Betancourt, trasmiten con nitidez la racionalidad del poder. Ambos
definen a Zapata y a Fariñas como delincuentes —el sociólogo argentino
Atilio Borón (Página 12, 1/3/10) hizo su contribución desempolvando la
teoría estalinista del "lumpen proletariado" como base social de la
"contrarrevolución"— con el propósito de justificar el no reconocimiento
de Zapata como preso político y de Fariñas como opositor pacífico.

Sin embargo, ni Ubieta, ni Núñez, ni Borón pueden prescindir de los
calificativos de "contrarrevolucionarios" y "mercenarios", términos con
que la retórica oficial designa a los disidentes. De manera que, en
buena lógica, si Zapata y Fariñas son "contrarrevolucionarios" y
"mercenarios" entonces no son delincuentes o lumpens sino activistas de
la ampliación de los derechos civiles y políticos en Cuba. El primero,
desde su celda; el segundo, desde su casa. Es decir, sin "daños a
terceros", como establecería cualquier Estado de derecho.

La trayectoria de esos disidentes es conocida y perfectamente
documentable a partir del propio expediente oficial, donde consta que
ambos fueron procesados de acuerdo con la Ley 88 de 1999, plataforma
jurídica de la represión de opositores en Cuba. Pero aún en caso de que
esa disidencia no fuese documentable, las huelgas de hambre con que
ambos arriesgaron sus vidas sólo pueden ser definidas como acciones
políticas pacíficas. En la reacción oficial ante las mismas se condensa
el totalitarismo cubano.

Granma asegura que el gobierno no puede alimentar por la fuerza a los
huelguistas y que sólo le resta actuar cuando llegan desahuciados al
hospital. Ese razonamiento es correcto, en parte, y corresponde al
acuerdo tercero de la Declaración de Malta (1991), suscrita por la
Asociación Médica Mundial, para el tratamiento de huelgas de hambre en
cautiverio o en libertad. Pero los restantes veinte acuerdos de la misma
Declaración no se cumplieron en Cuba en la asistencia médica
penitenciaria de Zapata ni en la asistencia de salud pública a Fariñas,
ya que ambos fueron tratados como enemigos, no como ciudadanos con
plenos derechos.

La Declaración de Malta recomienda la generación de "confianza" entre
los huelguistas y las instituciones médicas y políticas. Las autoridades
de la Isla hacen justo lo contrario: atizan la desconfianza.

El mismo gobierno que niega a los opositores toda autonomía
—presentándolos histéricamente como ventrílocuos del "imperio"— decide
respetar la voluntad del disidente cuando éste pone en riesgo su vida.
En ese momento sí son personas, aunque la mera expresión de un deseo de
cambio político los convierta, a los ojos del poder, en vulgares
marionetas del "imperio". De manera que, para ajustarse al formato
establecido por la comunidad médica mundial en la relación de gobiernos
con huelguistas de hambre, el régimen cubano tendría, primero, que
democratizarse. Algo que, como sabemos, no está en los planes.

Todos los gobiernos que se han enfrentado a huelgas de hambre —Londres
frente a Gandhi o los republicanos irlandeses; Washington frente a César
Chávez; París frente a los campesinos de Larzac; el dictador Hugo Banzer
frente a las madres de los mineros bolivianos— alimentaran o no, por la
fuerza, a los huelguistas, fueran estos pacíficos o violentos, nunca
descartaron por principio la negociación, palabra maldita en la jerga
fidelista.

Lo que distingue el comportamiento del gobierno de Fidel y Raúl Castro
es la ausencia de normas básicas para la negociación con opositores.
Estos, según el régimen, son agentes del "imperio", por lo que si de
negociar se trata, mejor hacerlo con el imperio mismo, realizando, de
paso, la fantasía totalitaria de un gobierno sin opositores.

Luego de la criminalización y la deslegitimación del opositor —en eso el
socialismo recoge el legado de la Capitanía General y de las dictaduras
de Gerardo Machado y Fulgencio Batista— al gobierno cubano le queda un
último recurso para justificar la represión: el inventario de abusos que
se cometen —o se han cometido— en todas las cárceles del mundo, desde
Abu Ghraib, Bagram y Guantánamo hasta los centros de detención de
inmigrantes en Europa. Si el inventario se agota, entonces se puede
echar mano de las demandas que el gobierno cubano le hace todos los días
a Estados Unidos, no en la mesa de negociaciones, sino en su "campaña
mediática": fin del "bloqueo", liberación de los "cinco héroes", cierre
de Guantánamo.

Claro que es cierto que en todos los países del mundo, incluyendo
Estados Unidos, se violan los derechos humanos. Pero justificar los
males de una nación con los males del planeta sólo tiene un nombre:
impunidad. La doctrina de la impunidad ha sido siempre la misma, en
dictaduras de derecha o izquierda, en guerra o en democracia, en el
terrorismo o en el narcotráfico: tratar al opositor como enemigo,
despojarlo de toda humanidad y transferir la responsabilidad del Estado
a una amenaza externa.

La doctrina de la impunidad (12 March 2010)
http://www.diariodecuba.net/opinion/58-opinion/682-la-doctrina-de-la-impunidad.html

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