sábado, 26 de julio de 2014

Lo antijurídico de la peligrosidad

Lo antijurídico de la peligrosidad
JUEVES, 24 DE JULIO DE 2014 09:44 ESCRITO POR NELSON LUÍS RODRÍGUEZ
CHARTRAND

Cuba actualidad, San Agustín, La Habana, (PD) Una de las aberraciones
contenidas en nuestro código penal es el estado de peligrosidad.

El artículo 72 del Código Penal cubano establece: "Se considera estado
peligroso la especial proclividad en que se halla una persona para
cometer delitos, demostrada por la conducta que observa en contradicción
manifiesta con las normas de la moral socialista".

En virtud de este precepto, miles de cubanos han conocido, injustamente,
el rigor de las cárceles.

¿Por qué injustamente?

El artículo 8.1 del propio cuerpo legal establece: "Se considera delito
toda acción u omisión socialmente peligrosa prohibida por la ley bajo
conminación de una sanción penal."

Del análisis de este artículo se infiere que para que haya delito debe
existir una acción u omisión que cause peligro a la sociedad, o sea, una
acción objetiva, real y manifiesta, y un daño también real a terceros.
Sin embargo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 72, cualquier
persona puede ser condenada simplemente por una apreciación subjetiva de
que pudiera en un futuro cometer un delito, o sea, puede ser condenado
sin cometer delitos.

Esto demuestra el carácter antijurídico del artículo 72 del Código Penal
cubano.

¿Cómo sancionar a una persona simplemente porque se presuma que pudiera
en un futuro cometer un delito?

¿Se puede vivir seguro de esta manera, cuando la libertad de una persona
pueda depender de los criterios de un tribunal, o del criterio de un
agente corrupto de la Policía Nacional Revolucionaria, o hasta de un
presidente de un Comité de Defensa de la Revolución?

De esta manera, se pone de manifiesto el verdadero carácter de "la
justicia revolucionaria".

Para Cuba actualidad: nelsonchartrand@gmail.com

www.facebook.ClubAnarcocapitalistaCub

Source: Lo antijurídico de la peligrosidad | Cuba noticias
actualidad.Periodismo independiente. -
http://www.primaveradigital.org/primavera/cuba-sociedad/la-consulta/11124-lo-antijuridico-de-la-peligrosidad.html

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