abogados para 'defenderse'
Miércoles 25 de Agosto de 2010 16:27 DDC
La ministra de Justicia, María Esther Reus González, ha sido obligada
por la Asociación Jurídica Cubana (independiente) a nombrar a dos
letrados para actuar en el proceso administrativo interpuesto en su
contra, ante la Sala Segunda de lo Civil y lo Administrativo del
Tribunal Provincial Popular de Ciudad Habana, informó este miércoles
Cubanet.
Reus González emitió el pasado 6 de agosto la Resolución No. 215, en la
que escoge dos letrados del Ministerio de Justicia (MINJUS) —Diego
Fernández Cañizares Abeledo y Nelia Caridad Aguado López—, para defenderla.
Wilfredo Vallín Almeida, presidente de la Asociación Jurídica Cubana, un
gremio de abogados disidentes, solicitó al Registro de Asociaciones del
MINJUS el 7 de abril de 2009, en representación de su organización, una
certificación, que el organismo estatal nunca emitió.
Reus González, designada por el Consejo de Estado en marzo de 2007, está
facultada para dirigir el funcionamiento del Registro Nacional de
Asociaciones, y para orientar y controlar la política gubernamental en
materia de asociaciones y fundaciones, agregó en Cubanet la abogada y
periodista Laritza Diversent.
Vallín Almeida presentó una demanda ante el Tribunal Provincial Popular
de Ciudad de La Habana, por silencio administrativo ante el Recurso de
Alzada que presentara contra la ministra, y del que tampoco tuvo
respuesta en el término previsto en la Ley No.54 (Ley de Asociaciones).
El pasado 28 de julio, la titular del MINJUS recibió el emplazamiento
del tribunal con el objetivo de que nombrara a sus representantes legales.
El pasado 10 de agosto, su abogado, Diego Fernando Cañizares, se personó
ante Sala Segunda de lo Civil y lo Administrativo del Tribunal
Provincial de Ciudad Habana, a nombre y en representación de la ministra
de Justicia por la demanda administrativa establecida por Wilfredo
Vallín Almeida.
El abogado, en su escrito, calificó de "desatinada" la reclamación
hecha. En su opinión, el demandante escogió "un camino equivocado
jurídicamente, no sabemos con qué fines concretos", argumentó.
Según su criterio, el presidente de la Asociación Jurídica Cubana debió
intentar el reconocimiento de su derecho a través de la Ley de
Asociaciones y sin que el Ministerio de Justicia tuviera
obligatoriamente que indicarle algo por escrito.
La Ley de Procedimiento Civil, Administrativo y Laboral (LPCAL)
establece que cuando la autoridad administrativa, en cualquiera de los
grados de la jerarquía, no resuelva cualquier recurso dentro del plazo
legal o en su defecto del de 45 días naturales, el interesado podrá
considerarlo desestimado, al efecto de establecer frente a esta
denegación presunta el correspondiente recurso.
Cañizares Abeledo alegó la imposibilidad de entregar al tribunal el
Expediente Gubernativo del demandante y la decisión administrativa de la
titular de Justicia respecto al interés atendible de Vallín Almeida,
debido a que el organismo no contaba con documentos sobre el asunto.
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