Bajo el peso de la necesidad
No en balde al general Raúl Castro le incomoda tanto que le pregunten
por los derechos humanos en Cuba
martes, marzo 29, 2016 | Gladys Linares
LA HABANA, Cuba.- Poco es lo que hace la seguridad social cubana para
garantizar una vida decorosa a las personas desvalidas. Aunque el
gobierno castrista pregona que es humanista por naturaleza, no existe en
el país una voluntad para sistematizar la atención a los sectores más
vulnerables de la población.
Por solo citar algunos ejemplos, tenemos el de un joven que vive en 14
entre Concepción y Dolores, en Lawton, Diez de Octubre. Muchas veces
está sentado en la acera, otras, se arrastra hasta la sombra de un
árbol. Le falta una pierna y parte del otro pie. Los perdió cuando era
un niño, trepándose en un tren. Algunas veces pide un peso para tomar
café. Otras, se entretiene viendo a la gente pasar. Aunque no está loco,
tiene una salud mental deteriorada. Lo atiende Ana, su madre, que es una
anciana. Su vivienda está en mal estado, es muy pequeña y no reúne las
condiciones para una vida decorosa. Este joven recibe una mísera pensión
de 168 pesos. Tiene dos hermanos casados que no viven con ellos.
Trabajan por un sueldo y no pueden darle mucho, pero a pesar de eso los
ayudan. Refiere Ana que algunas veces acude a las monjas y estas le dan
ropa, algunas medicinas y algún dinero.
Mientras, se divulga la entrega gratuita a personas encamadas de
artículos como jabón, pañales desechables y tela antiséptica. Sin
embargo, al preguntar a varias personas con familiares en esta
situación, solo una de ellas dijo haber recibido una vez dos jabones y
un paquete de pañales desechables, y eso solo tras varias complejas
gestiones.
Todo lo contrario le ocurre a Omar Ochoa Sarmiento, de 55 años,
residente en Banes, Holguín. Omar está postrado a consecuencia de la
poliomielitis que sufrió cuando pequeño. No controla sus esfínteres, no
habla, ni tiene conciencia de sus actos. Lo cuida una hermana, una mujer
mayor y enferma. Viven de 200 pesos, y les quitaron el módulo de jabón,
tela antiséptica y pañales, pues no lo consideran postrado, ya que se
puede parar con ayuda, según la funcionaria de seguridad social del
municipio.
Otro caso figura en la sección "Buzón abierto" del periódico
Trabajadores (6 de junio de 2011): al holguinero Andrés Charchaval
Maresma se le retiró la prestación monetaria que recibía por la
asistencia social. El argumento esgrimido por Yusimí Campos Suárez,
directora nacional de seguridad social del Ministerio del Trabajo y la
Seguridad Social, es que si bien es cierto que el núcleo compuesto por
el anciano Andrés y su esposa no tiene ingresos, tienen cinco hijos
casados, tres varones y dos hembras, que no residen con ellos. Los
varones reciben un salario y las hembras son amas de casa, y todos
tienen la obligación legal de mantenerlos.
En Cuba, según establece el artículo 105 de la ley número 105 de
seguridad social, la prestación monetaria se brinda solo a aquellas
personas sin recursos no aptas para trabajar que carezcan de familiares
obligados en condiciones de prestar ayuda. Cuando hablan de familiares
obligados se refieren al artículo 123 del código de familia, que
considera como tales a los cónyuges, los ascendientes y descendientes y
los hermanos.
Con esta ley el gobierno cubano viola el artículo 22 de la declaración
universal de Derechos Humanos: "Toda persona (…) tiene derecho a la
seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la
cooperación internacional (…) la satisfacción de los derechos
económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al
libre desarrollo de su personalidad."
No en balde al general Raúl Castro le incomoda tanto que le pregunten
por los derechos humanos en Cuba.
Source: Bajo el peso de la necesidad | Cubanet -
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