Los derechos de los niños en Cuba
Adriel Reyes / Especial para martinoticias.com
julio 30, 2013
Aunque se debe destacar que la situación de los niños en Cuba difiere a
la de varios países del continente, en materia de derechos los infantes
de la isla y sus padres necesitan recorrer un largo camino que muchas
veces desconocen.
En salud desde que comenzó el Período Especial "es visible la reducción
del peso y la talla de los infantes", explica Arnoldo de la Cruz, médico
en activo en Santiago de Cuba, "debido a una nutrición deficitaria en
proteínas y carbohidratos".
"Si durante los primeros años de la vida no se garantiza una nutrición
correcta" sucede lo que ahora mismo estamos viendo en Cuba con una
generación que llega a la Secundaria Básica "en un estado de
homeorresis", como resultado de un déficit sostenido de nutrientes que
provoca en el futuro adulto una disociación entre la edad cronológica y
la biológica.
Para De la Cruz los niños cubanos en estado de homeorresis representan
un "fenómeno palpable" e irreversible dentro de la sociedad.
Las gestantes tampoco escapan a la desnutrición en un país donde la
comercialización entre privados de la carne de res es todavía un delito.
El médico oriental cita los casos de las "muchas mujeres embarazadas que
al final del período de la gestación tienen menos de 10 gramos de
hemoglobina y esto acarrea un crecimiento intrauterino retardado".
De la Cruz agrega que "se sabe que la carne de res es una de las que más
cantidad de proteínas posee" y de lo difícil que es para los padres
conseguir un litro de leche extra al que le otorgan por la libreta de
racionamiento.
Estos factores solo se restringen a la salud física, insiste Arnoldo de
la Cruz, porque los niños sufren con frecuencia "violencia sicológica",
concluye.
Para el ex miembro de la Academia de Ciencias de Cuba y siquiatra de
origen cubano, José Acosta "en una sociedad normal" el tránsito de la
niñez a la adolescencia transcurre sin muchos accidentes.
El conjunto sociedad-familia determina en gran medida el desarrollo
posterior del niño pero "la sociedad cubana es tan inestable que no le
da al niño un patrón de cómo comportarse posteriormente; la doble moral,
los exámenes que se venden…", argumenta Acosta. En el pasado el que se
"educó en Cuba sabía cómo se comportaban su padre, su abuelo y la
familia. Ahora eso no existe y pagaremos un precio muy alto", finaliza
el siquiatra.
Según datos de julio del 2013 extraídos de la Oficina Nacional de
Estadísticas e Información de Cuba, los niños y jóvenes cubanos entre
los 0 y los 18 años de edad representan aproximadamente el 23.5 por
ciento del total de habitantes de la isla. De ellos un millón 274 mil
468 son hembras y un millón 345 mil 659, varones. Más del 85 por ciento
de ellos reciben algún tipo de educación.
"Es verdad que reciben educación y asistencia médica gratuita, pero a
qué precio", se cuestiona la holguinera, Lourdes Yen Mesa, quien posee
varios años de experiencia desarrollando talleres infantiles y obras
benéficas para la comunidad donde vive. El tema es "controversial",
insiste Yen, ya que "Cuba vende un paraíso para la niñez pero en la
realidad no es así". Empezando porque los padres no pueden escoger el
tipo de educación de sus hijos y le "es impuesta la que quiere el gobierno".
Creciendo en "un ambiente social inadecuado y rodeado de vicios", los
menores de edad en Cuba "escuchan tanto en la escuela como en el hogar
música no adecuada para su edad".
Lourdes Yen Mesa se cuestiona la "normalidad" con que los cubanos asumen
que los niños son llevados a las Escuela al Campo que "a mi
consideración es un trabajo gratuito y forzado que hacen los niños
prácticamente sin condición alguna". "Los derechos de los niños se
pierden en límites que no están muy claros en este país", denuncia
Lourdes Yen.
En el caso de Dora Mesa, miembro de la Federación Latinoamericana de
Mujeres Rurales y directora de la ONG no oficialista Asociación Cubana
para el Desarrollo de la Educación Infantil, "el padre cubano como no
conoce sus derechos no conoce sus deberes" y existen muchos indicios de
violencia sicológica fundamentalmente manifestada a través del manoteo o
de expresiones como "!Cállate la boca!", entre otras.
"A pesar de que se promueven por radio y por televisión algunos
artículos de la Convención de los Derechos del Niño", los padres cubanos
están "absolutamente desinformados".
"Que un padre hable del derecho de su hijo- afirma Dora Mesa- significa
que puede estar expuesto a represalias en las escuelas tanto por
ignorancia de los maestros como por sistemas metodológica y legalmente
implantados" en la isla.
Mesa citaba el ejemplo de muchos reglamentos en las escuelas como el de
una secundaria básica que publicó el siguiente en la internet. En la
sección dedicada a las obligaciones de los padres o tutores de los
alumnos en su apartado primero deben:
1)Comprometerse a que su hijo (a) rinda y guarde respeto a los símbolos
patrios y saludo a la bandera durante los actos cívicos, de no HACERLO
ASÍ, CAUSARÁ ALGÚN TIPO DE SANCIÓN.
La directora de la ONG expone los casos de los niños Testigos de Jehová
que por sus creencias religiosas son "discriminados" al no otorgársele
la "integralidad" requerida por el sistema educativo cubano.
Dentro del Capítulo II referido a la organización general del centro,
específicamente en su artículo tercero se establece que la Secundaria
Básica debe "caracterizarse por el contenido patriótico y revolucionario
de sus actividades".
Mesa refiere que el Comité de los Derechos del Niño le ha solicitado a
Cuba modificar los artículos 53 y 62 de la Constitución "porque limitan
la libertad de información y de expresión de los niños cubanos".
En el Artículo 53 se reconoce la libertad de expresión, pero solo si
esta va conforme a "los fines de la sociedad comunista", mientras el 62
alega que "ninguna de las libertades reconocidas a los ciudadanos puede
ser ejercida contra lo establecido en la Constitución y las leyes, ni
contra la existencia y fines del Estado socialista, ni contra la
decisión del pueblo cubano de construir el socialismo y el comunismo" y
que cualquier infracción de este principio será castigado.
"El derecho humano no es político; es natural, dice con firmeza la
máxima representante de la Asociación Cubana para el Desarrollo
Infantil. El derecho político es parte de los derechos humanos pero no
es el más importante".
Mesa, quien tiene experiencia con cerca de quince casos donde se han
violado los
derechos de los niños aconseja a los padres cubanos a no "tener miedo" y
a exponer sus denuncias con organizaciones independientes como la
Asociación Jurídica Cubana y CUBALET localizadas en La Habana.
Hasta el momento los casos en los que ha intervenido los "envía
directamente a la UNICEF" y aunque la dependencia de la ONU "nunca la ha
dado una respuesta directa" se conoce que le "ellos le piden cuentas
directamente al gobierno".
Legislaciones encontradas
El sitio oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores confirma que La
Habana es signataria de la Convención de los Derechos del Niño del 20 de
noviembre de 1990; las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la
Administración de Justicia de Menores, del 29 de noviembre de 1985,
conocidas como Reglas de Beijing; y las Directrices de Naciones Unidas
para la Prevención de la Delincuencia Juvenil del 14 de diciembre de
1990; las reglas de Naciones Unidas para la protección de menores
privados de libertad, del 14 de diciembre de 1990; el Protocolo
Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la
venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la
pornografía infantil, 2000; Protocolo Facultativo de la Convención sobre
los Derechos del Niño, relativo a la participación de los niños en los
conflictos armados.
"Este hecho implica que los infantes cubanos tengan reconocidos
formalmente los derechos de la Convención" y del resto de los tratados
internacionales, "el problema está en que hay algunas legislaciones en
Cuba que contravienen" todas estas normativas, explica la abogada
independiente, Laritza Diversent, especializada en el tema infantil y
los grupos vulnerables.
Diversent expone el caso del Código de Familia que en su artículo 86
dice que "los padres están facultados para reprender y corregir adecuada
y moderadamente a los hijos bajo su patria potestad" y no existe "una
descripción de qué es moderadamente". La última versión del Código de
Familia data del 2010 y reportes de la prensa oficialista durante la VII
Conferencia Internacional de Derecho de Familia concluida el pasado mes
de mayo en La Habana, expusieron las intenciones de la presidenta de la
Sociedad Cubana de Derecho Civil y Familia, Olga Mesa de "introducir más
cambios", sin embargo, nada más se ha agregado al respecto.
A criterio de Laritza "no es efectivo el mecanismo" que existe en Cuba
para detectar los casos de "menores víctimas de abusos y maltratos
físicos", por ello son tan difíciles de contabilizar.
La Convención reconoce a los niños hasta los 18 años de edad, sin
embargo, "las leyes cubanas les permiten a las hembras de 14 y a los
varones de 16 contraer matrimonio con la autorización de sus padres".
Diversent considera este particular "discriminatorio contra la mujer y
contra las niñas" aun teniendo en cuenta las diferencias en el
desarrollo biológico entre hembras y varones.
El tema de la manutención de los hijos es otro en los cuales la abogada
independiente encuentra vacíos dentro de la actual legislación cubana
debido a "su inefectividad en términos prácticos".
"Por ejemplo, si una madre reclama en los tribunales no importa el
tiempo que el padre dejó de cumplir su responsabilidad; solo le hacen
pagar los últimos tres meses y esto también es una forma de que los
padres eludan sus responsabilidades con respecto a los hijos y una
discriminación contra la mujer".
Los derechos de la mujer y los derechos de los niños están muy
vinculados "pues las madres son las que se encargan mayormente del
cuidado de los menores", agrega la abogada.
Otro tema bastante cuestionable es la justicia en menores. "En Cuba no
hay un tribunal que se encargue de la situación de estos menores sino
que hay un sistema administrativo compuesto por el Ministerio del
Interior y el Ministerio de Educación".
"La práctica ha demostrado que esta educación no ofrece una reeducación
y por otra parte cuando ya han cumplido 16 o 18 años pueden pasar
directamente a un sistema penitenciario para adultos sin que le hayan
hecho juicio", denuncia Diversent.
La abogada enumera que se vulnera el derecho a la defensa, a un juicio
justo, a un juez imparcial y a una serie de garantías que pueden
disfrutar también los menores que transgreden la ley.
Según la enciclopedia cubana Ecured las escuelas de menores en Cuba se
clasifican en tres categorías. A la Categoría I ingresan aquellos que
manifiestan un nivel de desajuste complejo caracterizado por
indisciplinas, faltas de respeto, fugas de la casa y escuela, rechazo
escolar y desaprovechamiento escolar. En la II se ubican a aquellos que
manifiestan conductas disociales no resultando significativas, pero que
en determinados actos, para los adultos la ley tipifica como delitos.
Los alumnos de la Categoría III se caracterizan por una peligrosidad
social dada en los hechos antisociales que cometen.
En Cuba, señala Diversent, como elementos positivos se puede destacar la
obligatoriedad y gratuidad de la educación aunque el problema radica
"ahora mismo en la calidad" y en el "adoctrinamiento político". "Los
niños cuando empiezan el primer grado tienen hacer un juramento y formar
parte de una organización y esto tiene que hacerse con el consentimiento
de los padres; también está el derecho de los niños a asociarse", argumenta.
En la isla formar parte de los pioneros es una "costumbre en la que no
se tiene en cuenta el tipo de educación que quieran darle los padres a
sus hijos".
En el caso específico de la Educación Especial se violenta el derecho a
la igualdad en el caso de los "niños cubanos con discapacidad que
reciben una educación separada. No porque uno tenga una discapacidad hay
que apartarte", manifiesta Diversent.
Como grupo vulnerable en la mayoría de los casos de desalojos de
personas que se introdujeron ilegalmente en inmuebles estatales o de su
propiedad se encuentran los niños y "cuando hay desalojo muchas veces
los menores presencian toda esta violencia y sufren afectaciones
sicológicas".
El Código Penal de la isla no contiene ningún precepto que sancione la
prostitución y se desconoce el número de niños menores de 18 años de
edad implicados en estos casos.
Por último insiste Diversent: "No es que su situación sea como la de
algunos países latinoamericanos pero los niños cubanos se merecen lo
mejor y en ese sentido hay que trabajar".
Source: "Los derechos de los niños en Cuba" -
http://www.martinoticias.com/content/cuba-derechos-infantil-violacion-/24937.html
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