Vamos a repatriarnos
Dora Amador
En el artículo de Fernando Ravsberg Cuba: los emigrados se benefician de
las reformas, publicado en BBC Mundo el 16 de diciembre, el autor dice
que oficiosamente se asegura que decenas de miles de cubanos están
tramitando la repatriación en los consulados y "BBC Mundo comprobó que
en las oficinas de migración en Cuba hay una cola permanente de
emigrados solicitando quedarse en la isla". También nos informa Ravsberg
que en las oficinas de migración ya hay anuncios explicando los
documentos necesarios para la repatriación y que la apertura del trabajo
por cuenta propia les permitió a algunos emigrados regresar y abrir
negocios con sus familiares.
Aunque sé que ha habido algunos cubanos que han deseado regresar
definitivamente, me ha tomado por sorpresa esta avalancha, pero era de
esperar. He podido saber por medio del blog de la web d'cubanos.com que
en realidad hace tiempo se viene ofreciendo esta repatriación. La nota
se titula Regreso definitivo a Cuba. Repatriación. Ahí se especifica que
los emigrados que están interesados en regresar definitivamente a Cuba,
deberán tramitar una solicitud de Regreso Definitivo a Cuba (Permiso
PE-4), también nombrada Solicitud de Repatriación, en el consulado donde
esté inscrito.
La solicitud será enviada a la Dirección de Inmigración y Extranjería en
Cuba (DIE), quienes determinan y aprueban si se ajusta a la política
migratoria establecida por Cuba. Las personas que califican son: las
mujeres mayores de 60 años, los hombres mayores de 65 años de edad y los
menores de edad (16 años).Los requisitos: Tener la edad especificada, no
haber participado en actividades hostiles contra el gobierno de Cuba,
tener una vivienda en Cuba o que sean acogidos en el hogar de su
familia. Debe demostrar que cuenta con familiares que garanticen
documentalmente que poseen recursos económicos y de vivienda que
permitan recibirlo, darle abrigo y sustentarlo.
Los solicitantes residentes en Estados Unidos deben escribir a la
Sección de Intereses de Cuba en Washington.
• Carta donde argumente los motivos de su solicitud. Si la causa es por
enfermedad, debe anexar resumen de historia clínica original y su
traducción al español.
• Planilla de solicitud completamente llena con letra de molde clara o a
máquina.
• Dos fotos (tamaño pasaporte) y fotocopia del pasaporte cubano.
• Certificado de antecedentes penales de Estados Unidos, con su
traducción al español, notarizada.
• Resultados de exámenes médicos serológicos, VIH y placa del tórax.
• Dos money orders por la cantidad de 20 dólares cada uno, a favor de la
Sección de Intereses de Cuba, uno para el pago de inicio del trámite y
el otro por el trámite no personal (no presentación de la persona en el
Consulado). Los money orders deben ser pagaderos a Cuban Interests Section.
Yo quisiera en un momento no lejano regresar definitivamente a mi país.
Mi vida y mi trabajo los conoce bien la Seguridad del Estado. Me han
prohibido la entrada dos veces. ¿Qué pasaría si solicito ahora la
repatriación?¿Cómo puedo cobrar el cheque mensual de mi retiro (Social
Security), además de una pensión que comenzaré a recibir cuando cumpla
los 65?
Estas preguntas y otras me han estado dando vueltas en la cabeza a
medida que se acerca la posibilidad real, no soñada, del regreso a la
patria. Ahora bien, ¿qué pasa con las personas que tengan entre 16 y 60
años de edad? ¿No pueden repatriarse si así lo desean? Esperemos que la
reforma migratoria que se augura en las redes sociales y otros medios se
haga una realidad y se acaben todos estos permisos violatorios del
Artículo 13 de la Declaración de los Derechos Humanos. Hasta que eso no
suceda me sigo quedando en USA.
http://www.elnuevoherald.com/2011/12/23/1089213/dora-amador-vamos-a-repatriarnos.html
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