martes, 10 de mayo de 2011

Orden en el desorden por cuenta propia

Orden en el desorden por cuenta propia
Tuesday, May 10, 2011 | Por Reinaldo Emilio Cosano Alén

LA HABANA, Cuba, mayo (www.cubanet.org) – El acuerdo del Consejo de la
Administración Provincial de La Habana para el ordenamiento del trabajo
por cuenta propia en la capital, está vigente desde este mes. El
artículo 3 de la Resolución 32 de 2010 del Ministerio del Trabajo y
Seguridad Social, faculta a los gobiernos provinciales y municipales a
agrupar a los trabajadores por cuenta propia en lugares que la
administración decide. Son áreas comunes habilitadas para la
comercialización o prestación de servicios donde el Estado arrienda los
espacios

Leandro Aguilera, vendedor de bisutería, residente en Centro Habana,
opina que ahora estará más amarrado, y no podrá cambiarse a voluntad
para otro sitio donde, dice, "mi olfato me indique que tengo mejor
posibilidad de venta, o porque estaré más cerca de mi vivienda. Los
trabajadores por cuenta propia estaremos más controlados".

La incorporación a las áreas será obligatoria para aquellos que no estén
registrados como vendedores ambulantes, recolectores de desechos u
otros autorizados. O porque tengan el pequeño negocio en sus viviendas o
posean espacio arrendado a un particular o al Estado.

Se regularán estrictamente las áreas comunes existentes y se crearán
otras. La Habana tendrá 168 zonas comerciales comunes. De igual manera
se procederá en el resto de la isla. Habrá un impuesto por usufructo del
terreno por metro cuadrado. El impuesto, aunque no existe todavía, será
fijado de acuerdo a las siguientes categorías:

Zonas excepcionales de gran valor comercial y turístico, como el Parque
Morro-Cabaña, Malecón, Casco Histórico de La Habana Vieja, Monte Barreto
y zonas provisionales de veraneo, fiestas de carnaval, Feria del Libro,
exposiciones y otros eventos.

Zonas de centros principales. Espacios localizados en áreas urbanas y
recreativas importantes de los municipios.

Áreas residenciales, públicas y libres.

El trabajo particular, incluido el vendedor de alimentos, queda
prohibido en interiores y exteriores de terminales aéreas, Plaza de la
Revolución, Controlaría General de la República, fiscalías, tribunales,
círculos infantiles, parques de diversiones, centros educacionales, de
salud, y en las proximidades a monumentos, museos, áreas militares, de
protocolo, sedes diplomáticas y otros.

Luis Carlos Góngora, vicepresidente del Consejo de la Administración de
La Habana, aclara que las prohibiciones no limitan al cuentapropista que
presta servicios a domicilio, ni al que ya tiene registrado su negocio
en un área restringida.

La Zona Priorizada de Conservación de la Oficina del Historiador de la
Ciudad, y el Instituto de la Vivienda, conllevan otras restricciones a
los trabajadores independientes en determinadas áreas.

Según funcionarios de la administración pública, las nuevas regulaciones
en la modalidad del trabajo de los particulares, contribuirán a
mantener el orden en la ciudad.

Paco Domínguez, turista español, al observar la diferencia con su visita
anterior a La Habana, comentó: "La multitud de vendedores con variadas
mercancías moviéndose por las calles, y en lugares escogidos por ellos
mismos, daba colorido a la ciudad. Ahora serán menos los tonos. Cuando
en la isla abrieron al trabajo privado me parecía estar caminando por un
bazar callejero en Bombay, El Cairo o Ciudad de México. Ahora vuelve
cierta monotonía, al concentrar las vendutas, generalmente, en locales
oscuros, de difícil acceso, que no inspiran a entrar".

cosanoalen@yahoo.com

http://www.cubanet.org/articulos/orden-en-el-desorden-por-cuenta-propia/

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